Practicopedia > Categorías > Motor > Educación vial > Cómo funciona el nuevo sistema de multas
Las nuevas sanciones se han aprobado en el Congreso de los Diputados para el año 2009

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19/06/2009 por: Practicopedia
La reforma del régimen sancionador en materia de tráfico simplifica y agiliza el sistema de notificaciones, revisa a la baja la pérdida de puntos y aumenta el descuento al 50% si se paga con prontitud.
Una única notificación.
El infractor recibirá una sola notificación, en lugar de las tres habituales. En el caso de los vehículos matriculados a nombre de una persona jurídica, la notificación será exclusivamente por correo electrónico.
Nuevas cuantías en las multas.
100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, aunque éstas últimas podrán incrementarse hasta un 30% según el peligro creado.
Exceso de velocidad.
Las sanciones por exceso de velocidad serán más ajustadas, se fijarán en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre lo permitido.
Pago con tarjeta de crédito.
Las multas podrán pagarse en el acto con tarjeta de crédito y todo lo que se recaude por sanciones se tendrá que destinar a políticas de seguridad vial.
Documentación e ITV.
No será obligatorio llevar toda la documentación en el coche, pues la Administración será la que deba comprobar que el vehículo cuenta con todos los permisos, y sólo se podrá pasar la ITV si se ha pagado el seguro obligatorio.
Se suaviza la pérdida de puntos.
Los conductores no perderán puntos por parar o estacionar en el carril-bus, tampoco por exceder la velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.
Grúa.
Un vehículo aparcado en la zona azul, sin el correspondiente ticket, no podrá ser retirado por la grúa, aunque sí podrá ser multado. Se autorizará su retirada cuando éste se encuentre aparcado en una zona reservada a discapacitados.
Uso de avisadores.
La reforma permite además utilizar avisadores, aunque sanciona colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT. Los talleres o establecimientos de reparaciones que lo instalen también serán sancionados.
Los inhibridores estan prohibidos, perfecto. Y los detectores de radar, que no son avisadores ya que tienen una antena en el ocico del coche está prohibido por ley?. Que sansiones tendria el ser descubierto?
No es cierto totalmente. El avisador siempre ha sido legal. Luego está el detector, que es ilegal como siempre. Por último está el inhibidor, que también es ilegal. Lo más corriente es el detector y algunos usan detector más inhibidor. Lo que varía la nueva ley es las sanciones por esto.
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